La Ley Federal del Trabajo te faculta para exigir tu regreso a la empresa en las mismas condiciones, categoría y nivel salarial, obligando al patrón a pagarte todos los sueldos que dejaste de percibir durante el juicio.
Para muchos trabajadores, mantener su antigüedad acumulada y derechos de seguridad social es prioritario:
Si estás cerca de pensionarte, un despido interrumpe tus semanas cotizadas. La reinstalación restablece tus derechos al 100%.
Despidos políticos o arbitrarios en instituciones públicas u organismos descentralizados donde la base es inamovible.
Donde el trabajador tiene una carrera profesional consolidada y no desea renunciar a su posición laboral.
La ley obliga a optar entre demandar la indemnización de 3 meses o la reinstalación física:
Si demandas únicamente indemnización, el juez no podrá ordenar tu regreso al empleo aunque la empresa quiera negociar.
El término legal para exigir el regreso a tu puesto corre exactamente igual: 60 días naturales desde el despido.
Al obtener la sentencia favorable, el patrón debe pagar:
• Salarios caídos acumulados.
• Aumentos salariales otorgados a tu puesto durante el juicio.
• Pago retroactivo de semanas cotizadas ante el IMSS.
• Aportaciones a tu cuenta individual de INFONAVIT.
Evalúa la fuerza legal para recuperar tu puesto de trabajo:
Tu relación de trabajo goza de estabilidad en el empleo. El patrón no puede negarse a reinstalarte sin pagar las indemnizaciones agravadas del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo.
Consultar mi reinstalación con un abogadoEl juez laboral declara nulo el despido y ordena al patrón la inmediata reposición del trabajador.
El actuario del Tribunal acude personalmente a las instalaciones de la empresa para dar posesión física del puesto de trabajo.
En la misma diligencia o plazo perentorio, el patrón debe liquidar los salarios caídos y cuotas de seguridad social.
Estructuración formal reclamando tu puesto y todas las mejoras salariales ocurridas durante el juicio.
Medidas cautelares para impedir represalias o tratos hostiles durante y después de la reinstalación.
Exigencia coactiva para que el patrón pague retroactivamente tus semanas cotizadas en el Seguro Social.
Nuestros honorarios se pagan con un porcentaje de los salarios caídos recuperados al ganar el asunto.
Ninguna empresa puede despedirte por capricho. Si tus funciones son legítimas y no incurriste en causales de rescisión justificada, la ley te ampara para regresar a tu puesto de trabajo.
Nuestros litigantes te acompañan personalmente el día de la toma de posesión judicial de tu puesto.
La demanda de reinstalación incrementa exponencialmente el poder de negociación para convenios de alta cuantía.
Verificamos que el puesto no sea de confianza conforme al artículo 9 de la LFT.
Citamos a la empresa para buscar la reincorporación inmediata voluntaria.
Desahogo de pruebas testimoniales y periciales ante el Tribunal Laboral.
El actuario judicial reinstala formalmente al trabajador y se cobran los salarios caídos.
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